Restricciones y no directividad, un falso dilema
A.S. Neill probablemente es el único pedagogo de primer orden que defiende la no directividad de los docentes. Ni Célestin Freinet, ni mucho menos Maria Montessori proponen un maestro libertario. Si bien la Escuela Nueva rechaza la restricción arbitraria y normalizadora, no rechaza las restricciones. Tal y como Meireieu señala, estos pedagogos proponen una “restricción fructífera” que es la que genera normatividad. Es decir, la existencia de normas al servicio de un proyecto colectivo son restricciones fructíferas.
Libertad y responsabilidad
La espontaneidad no es la libertad. Cuando el estudiante es espontáneo, se encuentra prisionero de sus impulsos, de los lugares comunes inconscientes, de los estereotipos de género, de clase, etc. Y, en un aula, se encuentra atrapado en los estereotipos de comportamiento de un alumno propios de un sistema fuertemente jerárquico y regulado. Naturaliza los marcos invisibles del statu quo. Ya nos enseñó Foucault que la escuela es un espacio social donde se despliegan mecanismos de poder para regular el comportamiento y el conocimiento.
No es necesario realizar una caricatura del modelo dominante donde el profesor actúa como figura de autoridad que transmite conocimiento, pero también controla y evalúa a los alumnos. Los estudiantes, a su vez, interiorizan estas normas y se convierten en sujetos disciplinados y obedientes. O no, afortunadamente, pues preferimos estudiantes con agencia y responsabilidad.
Restricciones que liberan
Porque la normatividad, es decir, la elaboración de una norma al servicio de un proyecto colectivo, no es la normalización. Es el resultado de la agencia y la responsabilidad de las personas que forman la comunidad de aprendizaje. Como explica Meirieu, existen restricciones que someten y restricciones que liberan.
Por eso que la cuestión de la directividad o la no directividad no se puede plantear de manera simplista. No hay que plantearse la cuestión de si “conviene ser directivos o no directivos”, sino plantearse la naturaleza de las restricciones que se imponen. Porque en el marco de la educación, queramos o no, siempre hay restricciones, sean visibles o impuestas por la seducción o bien por el control. Y hay, por un lado, restricciones inútiles, alienantes y normalizadoras y, por otro, restricciones fértiles, fructíferas y emancipadoras.
Es necesario analizar el tipo de restricciones que se proponen en un dispositivo pedagógico o didáctico. Y, a partir de ahí, preguntarse si es un factor de desarrollo y superación o un factor de sometimiento de las personas. No digo que no haya restricciones que sometan. Por supuesto que lo hay. Pero no todas las restricciones someten, algunas liberan.ENTREVISTA A PHILIPPE MEIRIEU por Albert Irigoyen de la Universidad Rovira i Virgili
Comunicación Educativa, núm. 35, 2022, pág. 9-57 | DOI: 10.17345
La libertad de los estudiantes es la condición de posibilidad de su responsabilidad. Justamente para crear, respetar (y revisar críticamente) el marco de restricciones que nos damos entre todos. Esto afecta a las relaciones ya los comportamientos, pero también debería afectar a los propósitos y objetivos de aprendizaje, a las decisiones metodológicas y didácticas.
En definitiva, las restricciones deberían ser el resultado de la colaboración y responsabilidad compartida. Solamente las restricciones autoimpuestas son liberadoras porque nos responsabilizan al tiempo que nos permiten ejercer nuestra libertad.






